Las preguntas de la fiscalía de la CPI sobre la JEP

Un fuerte debate se ha presentado en el país y las instancias judiciales a raíz de la creación en la Ley de Procedimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz de un procedimiento «especial y diferenciado” para el juzgamiento de los miembros de la Fuerza Pública que hayan cometido crímenes en el marco del conflicto armado. El procedimiento que debe ser reglamento en el Congreso en un plazo de 18 meses ha sido blanco de críticas de organizaciones de derechos humanos, pero también de la Procuraduría y la misma JEP que le pidieron a la Corte «tumbar» ese artículo. Y ahora también del fiscal adjunto de la Corte Penal Internacional (CPI), James Stewart, quien se encuentra de visita en el país.

No es la primera vez que los temas relacionados con las investigaciones a uniformados en la justicia transicional acaparan a la Fiscalía de la CPI. Stewart ha venido tres veces al país este año y en su momento, ante la Corte Constitucional, el organismo internacional presentó una intervención, por invitación de ese alto tribunal, en el que hizo reparos a la reforma constitucional que creó a la JEP sobre asuntos como la responsabilidad de mando o las restricciones efectivas de la libertad. Tras expresar sus planteamientos nuevamente a la Corte en una vista que realizó en días pasados, Stewart dará una conferencia este lunes en la Cámara de Comercio de Bogotá en donde cuestiona la intención detrás de crear este nuevo procedimiento especial para militares.

Por un lado, Stewart asegura que el procedimiento permite a los uniformados que se hayan acogido a la JEP suspender sus casos, que sólo se reanudarían después de los 18 meses. «La creación de una sección y un procedimiento separado para las Fuerzas Militares, que los separe efectivamente del marco existente de la JEP y cree un mayor retraso en la realización de la justicia para casos que requieren atención urgente, será necesariamente visto de manera negativa por la Fiscal de la CPI», dice la intervención de Stewart conocida por El Espectador.

Y en ella recuerda que la Fiscalía de la CPI puede intervenir en Colombia y hacer «procesos genuinos» cuando en los casos nacionales no se haya presentado una «voluntad genuina de investigar» graves violaciones a los derechos humanos, lo que incluye demoras injustificadas, intenciones de evitar que una persona enfrente sus responsabilidades penales o que los casos se lleven de manera parcial.  En ese sentido, Stewart lanza una serie de preguntas. «¿Mientras existe un sistema de justicia transicional que está operativo podría entenderse la creación de un sistema paralelo como un intento de sustraer a los autores de su responsabilidad penal?».

 

Las preguntas de Stewart también van dirigidas a un artículo de las reglas de procedimiento de la JEP que excluye de las investigaciones dirigidas a miembros de lasFuerzas Armadas el deber de develar el plan criminal y sus móviles y el de establecer la restructura de la organización criminal y los patrones macrocriminales de sus conductas. Para el fiscal adjunto de la CPI, se trata de «restricciones artificiales» que no deben existir en los procesos de investigación. Por esa razón, Stewart se pregunta: «¿Podrían las restricciones sobre el alcance y la minuciosidad de las investigaciones sobre crímenes complejos obstaculizar procesos genuinos diseñados para establecer la verdad?».

El tercer cuestionamiento de Stewart tiene que ver con el proyecto de ley que cursa en el Congreso y que, precisamente, busca crear ese nuevo procedimiento para los agentes de la Fuerza Pública. En este se crean nuevos cargos de magistrados y un proceso para su elección que es diferente al que se utilizó para nombrar a los actuales magistrados de la JEP.  «¿Podría el enfoque diferente para el nombramiento de magistrados de las secciones especiales, así como la propuesta de que dos de los tres jueces previstos para cada sección puedan ser oficiales militares retirados, poner en duda la independencia e imparcialidad de las secciones especiales?».

 

Por otro lado, para el fiscal adjunto de la CPI es igualmente llama la atención sobre que en la JEP se puedan otorgar beneficios y conceder libertades a las personas que se hayan sometido a esta justicia especial, sin haber cumplido con medidas como la confesión de los hechos o el reconocimiento de libertad. No obstante, asegura que la situación en Colombia «es evolutiva» y que en ese organismo internacional confían en que las medias de justicia transicional que se adopten sean eficaces para tratar los crímenes de lesa humanidad y de guerra.

«Sería motivo de grave preocupación si las disposiciones legislativas que regulan los procedimientos diseñados para abordar conductas que constituyen crímenes ante la CPI pudiesen resultar en: retrasos en la rendición de cuentas de los responsables, restricciones en el alcance y la minuciosidad de las investigaciones de crímenes complejos y, en general, poner en duda la autenticidad de los procesos, más allá del control de la JEP«, resalta la intervención. Por último, Stewart hace un llamado para que se permita a los magistrados de la justicia especial hacer su trabajo.

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